Pedro de Trujillo

Orozco y Berra in Dorantes de Carranza, Sumaría relación, 413 [signed a letter written in 1520, w/Salcedo];

AGN, Instituciones Coloniales, GD61, Inquisición, vol.2, primera parte, exp.2 [In July 1537, a de parte witness is a Pedro de Truxillo, about 55 years old, who has known Gonzalo Gómez for about 40 years; Truxillo was sick from working in the mines and stayed in Gómez’s house for 13 months; Truxillo signs [chances are this Trujillo is too old to be expeditionary];

Actas de Cabildo, Tomo IV, p.201 [Jan 1540, demasías de tierra];

AGI, Patronato, 56, N.2, R.1 [February 28, 1541, Méritos y servicios, varios conquistadores de Nueva España; includes a Pedro de Trujillo; this is prepared on behalf of "mi y los otros conquistadores y pobladores de la Nueva España" by Francisco Téllez];

AGN, Instituciones Coloniales, GD61, Inquisición, vol.225, exp.162 [fol. 434: 7 Aug.1572, Mexico; estante in Mexico, but mentioned with Antonio Péres, from Puebla; accused of mal vivir; saying it was not a sin to have relations with the niece of his wife; 32 or 33 years old; too young];

Catálogo, Resumen e Índices [13 Feb 1577, Mexico, Pedro Jorge, natural de Araguza [sic], estante en México, otorga poder general a Blas de Dragó, su sobrino, que está presente, para cobranzas, ventas y arrendamientos de bienes inmuebles. Firmó. Testigos: Juan Antonio, Alonso Vázquez y Pedro de Trujillo, estantes];

scribe:

Catálogo, Resumen e Índices [México, 2 diciembre 1570, Catalina López de Haro, viuda de Diego de Torres, vecina, otorga poder en causa propia por 45 pesos a Diego de Torres, su hijo. Y dice que Alonso Calvo le dio a ella poder y traspaso para cobrar de su hijo 145 pesos de oro común -como se contiene en el traspaso que pasó ante Pedro de Trujillo, escribano real, a 13 de octubre de 1566- y en este traspaso Alonso Calvo declaró que los 30 pesos se obligó a pagarlos a Gabriel Díaz, tesorero de la casa de la moneda y los 15 pesos a Miguel de Ontíveros, sastre, a quien su hijo se los debía; y porque Alonso Calvo no pagó los 45 pesos de ambas deudas y el hijo los pagó a quien se debían; y la otorgante no los cobró de su hijo, de este modo el deudor de ello es Alonso Calvo. Otorga a Diego de Torres, su hijo, poder para cobrarlos y se los traspasa. No firmó. Testigos: Antonio de Ávila, Juan de Bilbao y Cristóbal Hernández, vecinos y estantes];

AGN, Instituciones Coloniales, GD61, Inquisición, vol.75, exp.12 [fol.50: Aug 1572; escribano of the provincia en el juzgado del Dr. Francisco de Sande, alcalde en esta corte; he has read the petition of Rodrigo Luzio against Pedro Fazquez de Vegas and Miguel Ruiz de Ortega; signed];

Catálogo, Resumen e Índices [1573, Alonso Arias, vecino -como tutor y curador de los menores hijos de Juan Martín y por virtud de la curaduría que le fue discernida por el señor Céspedes de Cárdenas, alcalde de esta Corte, ante Pedro Trujillo, escribano- otorga poder general a Ceberín del Bustillo, procurador de causas, vecino. Firmó. Testigos: Andrés de Morales, Gaspar de Valdés y Alonso Bernal, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [5 May 1574, Mexico, Alonso Arias, vecino -como curador de los hijos y herederos de Juan Martín, por virtud de la curaduría que le fue discernida por el señor Céspedes de Cárdenas, alcalde en esta Corte, ante Pedro de Trujillo, escribano de provincia- otorga poder general a Juan de Acosta, vecino. Firmó. Testigos: Juan Bautista Gallego, Andrés Negrete de Morales y Antonio Guerrero, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1576, Pablo García de Rivera, librero, como principal, vecino, y Pedro Trujillo, escribano de Su Majestad, vecino, como su fiador, de mancomún, se obligan a pagar a Alonso Losa, mercader de libros, vecino, 652 pesos y 7 tomines de oro común, por los libros y precios siguientes: [long list of articles] Testigos: Bartolomé de Montes de Oca, Antonio Guerrero y Hernando Esteban, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1576, Francisco Espino, vecino, por él y en nombre de Sebastián Díaz y por la compañía que tienen hecha ante Pedro de Trujillo, escribano de Su Majestad, de una parte y Juan González, estante en México, por la otra parte, son concertados en que Juan González resida en las minas de Guanajuato -en una tienda de mercaderías que Francisco Espino y Sebastián Díaz poseen- cobre de hoy en adelante las deudas que se les deben y resida en la tienda por tiempo de un año. Trabajará por ese año y le darán 130 pesos de oro común, de a como fuere sirviendo y declara que ha recibido de Francisco Espino, en cuenta de ese trabajo, 51 pesos y 4 tomines y medio de oro común en reales. Firmaron. Testigos: Nicolás de Morales, Alonso Vázquez y Hernando Esteban, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1576, Pedro de Velasco, mercader, vecino, se obliga a pagar -haciendo de deuda ajena suya propia-, a Cristóbal Gómez Maldonado, vecino, 35 pesos y 4 tomines de oro común, que los debía Antonio de Paz, vecino, por escritura que pasó ante Pedro de Trujillo, escribano público de México, y por ella le tenía Cristóbal Gómez ejecutado. Plazo: dentro de 6 meses, que corren desde la fecha de la carta, en reales, con las costas. Firmó. Testigos: Nicolás Morales, Baltasar Dávila y Cristóbal Pérez, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [22 Mar 1576, Mexico, Juan de Hermosa y Catalina de Hermosa, su hija, viuda de Martín de Segura, escribano de Su Majestad, vecinos -por ellos y como tutores y curadores de los bienes de Felipe, Jerónima y Martín, menores, hijos de Martín de Segura, como su albacea, en virtud de las cláusulas del testamento que pasó ante Pedro de Trujillo, escribano de Su Majestad- (VER ANEXO) otorgan poder general. al maestro Bernardino de Segura, clérigo presbítero, residente en la ciudad de Salamanca en los reinos de Castilla, para que pueda cobrar lo que le pertenece a su difunto marido y a sus hijos y herederos. Juan de Hermosa firmó. Catalina no firmó. Testigos: Juan de Santiago, Pedro Pacheco, Gonzalo de Carvajal y Francisco de Rivera, vecinos];

Catálogo, Resumen e Índices [24 Dec 1576, Mexico, Francisco Espino, vecino, otorga poder general a Francisco Codina, residente, y, especialmente, para hacer averiguar la cuenta -que tienen y que hay entre el otorgante y en nombre de Francisco de Mata, vecino de la isla de Gran Canaria, con Sebastián Diez Ferreira, por sí y en nombre de Adán González- de cierta compañía que hicieron y celebraron ante Pedro de Trujillo, escribano de Su Majestad en México, a 10 de diciembre de 1574, y hacer cargos y recibir descargos y, si le parece, prorrogar la compañía por el tiempo que bien visto le fuere y hacer balance de la compañía y otras capitulaciones. Firmó. Testigos: Nicolás de Morales, Cristóbal Pérez, estantes, y Juan Martínez, residente];

Catálogo, Resumen e Índices [7 Nov 1577, Mexico, María de San Jerónimo, viuda de Vasco de Villagroy, vecina, otorga poder general a Juan Pérez de Ribera, mercader, vecino. No firmó. Testigos: Pedro de Trujillo, escribano público; Juan Muñoz y Antonio de Mena, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1577, Diego Ramírez, vecino de la villa de Tampico, en la provincia de Pánuco, estante en México, vende a censo en favor de Simón Luzardo, vecino de México, para él y sus hermanos -de quienes es curador-, hijos y herederos de Juan Lusardo, 71 pesos y 4 tomines de oro común de censo y tributo cada año, que imponen al redimir y quitar sobre unas casas en México cerca del hospital de Nuestra Señora, en la calle que va hacia San Pablo, que fueron del dicho Juan Lusardo, que compró de los herederos de Alonso Cerdeño, alguacil mayor que fue de México, que tiene por linderos: casas de doña Felipa de Atayde y casas de Hernando de Ávila; así como sobre 3 estancias de ganado mayor en la provincia de Pánuco, que nombran Tantilitlo, Tancucay y Buenavista y sobre los ganados de vacas, yeguas, mulas, esclavos, casas y aperos que en ellas hay. Por lo cual recibió 1 000 pesos de oro común en reales, ante Antonio Alonso, escribano, quien da fe. Y pagarán los réditos al fin de cada 3 meses. Con condición que el censo se puede redimir por la mitad o el cuarto del principal. Firmó. Testigos: Juan Sánchez, herrero, Baltasar Cuellón y Antonio Núñez Caldera, vecinos y estantes. [Al margen: México 23 febrero 1581. Redención. Esteban Rodríguez, por sí y como marido de doña María de Luna, su mujer -por poder que pasó ante Juan López de Sáyago, escribano de Su Majestad, el 14 de febrero de 1581-, dice que le pertenece el censo por partición que hizo con sus cuñados, hijos de Juan Lusardo -ante Gonzalo Hernández de Soria, escribano real en Tenango, el 5 de julio de 1578- da por cancelado el censo y dio por libres las casas a Pedro de Trujillo, escribano, que sucedió en ellas, quien le pagó de redención 800 pesos de oro común en reales, con los cuales se dio por contento de todo el principal del censo; y trajo su escritura original que le había dado signada y se la entregó a Pedro de Trujillo. Y de los 200 restantes, le hizo gracia y donación, suelta y remisión por la buena obra que le hace en pagárselos en reales y a partida de flota y en tiempo, que de ellos tiene necesidad. Le pagó otros 100 pesos en reales, de los corridos. No firmó. Testigos: Miguel de Dueñas, Pablo de [...] y Antonio de Águilar, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1578, Doña Catalina de Villarroel, viuda del secretario Antonio de Turcios, vecina -como madre y curadora de doña María de Turcios, su hija legítima- hace declaración a favor del señor factor Martín de Irigoyen -como tutor y curador de los menores hijos de Martín de Aranguren y de doña Catalina de Avendaño, su mujer, difuntos. Por cuanto Juan de Bazán y doña Juana de Vargas, su mujer, vendieron a la dicha doña Catalina de Avendaño y a sus hijos -de quien fue tutora y curadora- 214 pesos y 1 tomín de oro común por 3 000 pesos de oro que impusieron a censo sobre 2 estancias de ganado mayor y ciertas tierras, negros y esclavos, como se contiene en una escritura de censo que pasó ante Pedro de Trujillo, escribano público, a 12 de marzo de 1574; y doña Catalina de Avendaño traspasó a Catalina de Villarroel 1 600 pesos del dicho censo por escritura ante Pedro Sánchez de la Fuente, escribano de Su Majestad, en 2 de junio de 1576. Y por cuanto la dicha doña Catalina de Avendaño en el testamento que otorgó, bajo de cuya disposición murió, declaraba que tan solamente la declarante pagó 500 pesos del dicho oro común, de los cuales se le habían de pagar réditos y, por el testamento, se manda se rediman. Y porque el factor Martín de Irigoyen, como curador de los menores, le paga los 500 pesos y le pide que cancele el traspaso que le hizo y vuelva a traspasar a sus menores la parte que en este censo tenían. Por tanto se declara pagada de los 500 pesos, por cuanto los pagó el factor Martín de Irigoyen a Pedro de Mora, quien tenía poder en causa propia de la otorgante. La cual otorga carta de pago y finiquito a los menores de Martín de Aranguren y al factor como su curador. Firmó. Testigos: Pedro de Carrión, Francisco de Ribera Solís y Francisco Juanes, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1578, Rodrigo Sánchez Pérez y Ana Martín, su mujer, vecinos, venden, de mancomún, a Juan de Cabrera, clérigo presbítero, vecino, una estancia de ganado menor que tienen en términos del pueblo de Zacoyuca, por bajo del derrumbadero de piedras de la cantera de la iglesia, y de la otra parte, el río de Zacoyuca, en el cerro de Cacaluztac, en un llano pequeño que allí se hace, de la cual se hizo merced a Pablo Sánchez por el servicio del virrey don Luis de Velasco, ante el secretario Turcios, el 30 de septiembre de 1560, con una caballería de tierra de que se hizo merced a Diego Martín, labrador, por el virrey Marqués de Falces, ante el secretario Juan de Cueva, el 7 de noviembre de 1566. Pablo Sánchez vendió la estancia a Juan Lázaro Negrete -ante Juan de Palencia, escribano, el 20 de marzo de 1563, quien a su vez la vendió a Diego Martín -ante Francisco de Valverde, escribano, el 26 de noviembre de 1565, y de la estancia y caballería hizo donación Diego Martín a Francisco Martín, su hijo, ante Alonso de Añover, escribano, el 25 de julio de 1567. Francisco Martín las vendió a Juan Martín, padre y suegro de los otorgantes, y a Domingo Sánchez que estuvo casado con la dicha Ana Martín, por escritura que pasó ante Pedro de Trujillo, escribano, el 29 de junio de 1568. Francisco Martín, hijo y heredero de Juan Martín, les hizo donación a los otorgantes de la parte que tenía en la dicha estancia y caballería, por escritura que pasó ante Pedro Carrillo, escribano, a 15 de octubre de 1574 y por la parte que en ello tenía Martín Gamero, a quien la mandó Mencia Martín, mujer de Juan Martín. Se lo venden por suyo propio, adquirido con justo título, por precio de 250 pesos de oro común, los cuales recibieron en reales. Rodrigo Sánchez Pérez firmó y Ana Martín no firmó. Testigos: Francisco Martínez Caballero, Juan Yáñez y Nicolás Romero, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1578, Juan de la Cueva, relator, y Pedro de Trujillo, escribano público de México, como comisarios de la cofradía de los Santos Cuatro Evangelistas, que se administra en México por los escribanos que en ella residen -y por virtud de la comisión que les dieron el rector y conciliarios de la dicha cofradía, que pasó ante Ceberín del Bustillo, secretario de la misma, el 14 de septiembre de 1578, por una parte; y por la otra Simón Perin y Andrés de Concha, vecinos, se conciertan en que Simón Perin y Andrés de Concha hagan para la cofradía unas andas con un santo de los 4 evangelistas, con las condiciones siguientes: que el santo ha de tener una vara de alto, estando sentado en una peana bien obrada -en la forma que está en la traza del dibujo que queda firmada del presente escribano-; que ha de tener 2 cabezas postizas, una que sirva para San Lucas, San Marcos y San Mateo y la otra para San Juan evangelista. También han de hacer las andas seisabadas y con sus resaltas, su friso, cornisa y arquitrabe, de altura de un pie de vara; y ha de ser el friso revestido de talla -como en la traza está dibujada. Las andas han de tener de diámetro, de esquina a esquina, 5 pies comunes y tener encima de cada una de los 6 pedestales, un ángel hincado de rodillas, vestido, con un cirial en la mano en que se pueda tener una candela de cera en cada figura; estando de rodillas, ha de tener un pie de altura. En la peana de las andas ha de haber un lugar donde se puedan poner las 4 insignias de los evangelistas que son un toro, un león, un ángel y un águila, las cuales han de ser móviles, con sus tornillos, para que se puedan quitar y poner. Y el dicho santo, andas e insignias han de ser de palo de ayaquabites, seco y de sazón; y a su costa lo han de entregar acabado de todo punto de madera, hueco, para que esté más liviano, dorado y estofado. Todo lo cual cumplirán, de mancomún, por precio de 300 pesos de oro común, en reales, entregando la obra en 4 meses a partir del día de la fecha de esta carta, y por las costas y salarios, se les dará en nombre de la cofradía lo siguiente: 100 pesos de oro común de contado, después en 2 meses otros 100 pesos y lo restante se pagará al momento de entregada la obra. Y si no acaban la obra en el dicho tiempo, sea en elección de la cofradía tomarla en el estado que estuviere o mandarla hacer a otros oficiales y les pueda ejecutar por el dinero si faltare, con el simple juramento. Firmaron. Testigos: Diego Díaz, Pedro de Aguilar Acevedo y Pedro de Mora, vecinos];

Catálogo, Resumen e Índices [1578, El bachiller Francisco de Espino, estante en México, y Sebastián Díaz de Ferrera, estante en México y habitante en las minas de Guanajuato, cancelan compañía. Y declaran que han tenido compañía en el trato de las mercadurías por tiempo ya cumplido, según escritura ante Pedro de Trujillo, escribano de Su Majestad de fecha 10 de diciembre de 1574. En la cual pusieron por puestos y caudales: [list]- Firmaron. Testigos: Antón Codina, teniente de alguacil mayor, y Manuel de Morales, sedero, vecinos que juraron conocer al otorgante, Francisco de Ribera [Solís], Miguel de Zaragoza, escribano real, y Juan Alonso, vecinos y estantes];

Catálogo, Resumen e Índices [1578, Elvira Gómez de Moscoso, viuda de Diego Méndez, difunto, vecina, otorga carta de dote a Pedro Medel, vecino, del pueblo de Tecamachalco, estante en México, hijo de Juan Medel difunto y de Catalina Díaz, su mujer. Por cuanto está concertado su matrimonio con Beatriz Méndez, hija de la otorgante, le promete en dote 2 656 pesos de oro común en 2 sitios de estancias para ganado menor y 3 caballerías de tierra que tiene en términos del pueblo de Saqueyuca que se nombran San Miguel, en términos de Tlalnepantla y en las joyas, preseas, ropas y cosas siguientes: [list of dowry goods]; Más 2 sitios de estancia para ganado menor con 3 caballerías de tierra que están en términos de Sucayula, que uno de ellos con 1 caballería se hizo merced, por los señores presidente e oidores de la Real Audiencia de Nueva España, a Francisco de Aburruza, ante el secretario Bartolomé de Vilches en 21 de noviembre de 1565 y es en unas lomas grandes y tiene por linderos el pueblo de Tecupa [sic] y sementeras de indios y estancias de Francisco de Saavedra y tierras de Antón Gutiérrez, la cual compró de doña Lucía de Grijalves, que fue mujer del dicho Francisco de Aburruza, que se la vendió juntamente a Juan de Oseguera, su segundo marido, por escritura que pasó ante Pedro de Trujillo, escribano, en 19 de noviembre de 1569. Y el segundo sitio de estancia está junto al otro de que se hizo merced por el señor virrey Marqués de Falces, ante el secretario Juan de Cuevas, con las 2 caballerías de tierra, en favor de Juan Turrado, en 26 de mayo de 1567, el cual se la vendió por escritura que pasó ante Miguel de Párraga, escribano en 24 de enero de 1569, los cuales títulos le entrega originalmente. Que todo suma 2 656 pesos de oro común. Confiesa y declara que los bienes son de su hija y que se han comprado para ella y lo que han costado, se lo han dado sus hermanos Jorge González y Nicolás Méndez, clérigos presbíteros, para hacerle buena obra y para que con ellos se dotase. No obstante que las escrituras de ventas se hicieron a favor de la madre];

AGI, Contaduría, 679 [penas deposited in the caja real: in June 1578, a Juan López is fined 2 pesos in Mexico City, the scribe in the case is Pedro de Trujillo, Trujillo continues as escribano in October 1578, and November, and February 1579];

Catálogo, Resumen e Índices [México, 12 junio 1579, Alonso de Medina, procurador de causas del número y vecino, vende a Juana de Osorio, religiosa beata de la orden de Santo Domingo, vecina, 10 pesos, 5 tomines y 6 granos de oro común de censo al redimir y quitar y tributo anual, que impone sobre una heredad de pan sembrar en términos de Zimatlán, que es cerca de esta ciudad -que hubo y compró de Juana Martín, viuda, vecina de la villa de Coyoacán- con las casas y edificios que en ella tiene. Linderos: de una parte tierras y heredad de Rodrigo Xuárez, otra heredad que dicen de los Najaras; por las espaldas casas, heredad y un cercado de Diego Xuárez; y por el otro lado heredad de Ramírez -portero de los oficiales de la Real Hacienda- y por delante casas de indios y el camino que va a dar a Tacubaya y a Coyoacán. Habiendo recibido por compra del censo 150 pesos de oro común en reales, los cuales le pagó Juan de Villanueva ante Antonio Alonso, escribano. Y pagarán los réditos por los tercios del año al fin de cada 4 meses y empieza a correr desde el día de esta carta. Firmó. Testigos: Diego de Zamora, escribano, Pedro de Villanueva y Juan de Zamora, vecinos y estantes. [Al margen: México 6 diciembre 158[?]. Cancelación. Pedro de Trujillo escribano público. Juana de Osorio, beata, canceló esta escritura, por cuanto Alonso de Medina le pagó 150 pesos de oro común en ella contenidos y 2 pesos y 6 reales[...]. Firmó. Testigos: Juan de Candra, Juan [...] y Alonso de Medina, vecinos];

Catálogo, Resumen e Índices [1579, Pedro de Armentia, vecino, en nombre de Pedro Vázquez de Vegas y de doña Leonor de Herrera, su mujer -según poder realizado ante el escribano yuso escrito, en el registro de poderes de este año- vende al maestre Alonso, cirujano, vecino, un pedazo de solar que tiene dos tercios de solar, que posee en esta ciudad, en la calle de los Donceles. Linderos: casas que fueron de Martín de Aranguren, que dicen de "La tuna"; de la otra parte, solar de los herederos de Juan Fernández Caro, que de presente es del maestre Alonso, cirujano; por las espaldas, casas que fueron de Antonio de Isla y, por delante, la calle Real que va de las casas de Villaseca a las de Almodovar. Estando el solar cercado por todas partes y por la calle una pared de adobes. Se le vende en precio de 400 pesos de oro común, entregándole la escritura de venta del dicho solar, que le hizo Juan Ramírez de Alarcón -ante Pedro de Trujillo, escribano público, de fecha 10 de diciembre de 1577. Firmó. Testigos: Diego del Villar, Francisco Sánchez y Antonio Guerrero, vecinos y estantes];

AGI, Contaduría, 679 [penas deposited in the caja real: in January and April 1579, Pedro de Trujillo, escribano público, delivers 68 pesos in fines paid to the corregidor of Mexico City]; payments from penas paid to the cámara real: in October 1578, a payment of 185 pesos to a Pedro Trujillo, receptor of the audiencia, for 56 days apparently taking the resicdencia of Francisco de Frías at Acapulco, plus 95 pesos for 38 days as juez and escribano during the residencia of Diego Ronquillo];

AGI, Contratación, 475, N.2, R.16 [Bienes de Juan Sánchez Marín, mercader,1580; Mexico City, August 1579 (the year Sánchez Marín died); a Pedro de Trujillo is the escribano público “de la dicha causa;” a Diego Hernández, pregonero, has cuchillos and punçones that beloned to the deceased, he is also pregonero for the almoneda, for which he received 1 pesos, 4 tomines; two Indians who carried the goods were paid 2 tomines another Diego Hernández boticario, gave medicines (which are listed) to the deceased; at this time Juan Núñez de Yllescas is contador de la Casa de la Contratación, no longer Antonio de Melgosa];

Surname
Trujillo